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Guía para reclamar el impuesto de las hipotecas

El Tribunal Supremo dictó ayer que deben ser los bancos y no los clientes los que abonen el impuesto sobre actos jurídicos documentados en la firma de una hipoteca. ¿Quién tiene derecho a reclamar y dónde?

No está claro si las hipotecas constituidas en los últimos cuatro años tienen derecho a devolución del dinero abonado en concepto de impuestos. Pero en todo caso conviene tener claro algunas cuestiones previas.

  • ¿Dónde debo reclamar? La reclamación debe interponerse en la delegación de la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma en la que se liquidó el impuesto, que está transferido. Existen cuatro años para interponer el preceptivo escrito.
  • ¿Qué documentos debo presentar? Todas las facturas de liquidación del impuesto, incluyendo los comprobantes de pago, así como la escritura del préstamo y de compraventa de la vivienda.
  • ¿Qué responsabilidad tiene el banco que concedió el préstamo hipotecario? En términos económicos, ninguna porque los bancos cumplieron con la normativa tributaria vigente hasta el momento.
  • ¿Qué cantidad se ahorrarán los futuros hipotecados? Las asociaciones de consumidores creen que este impuesto asciende de media a 3.000 euros por préstamo. Pero depende de la cuantía, aproximadamente 225 € por cada 10.000 € de hipoteca.
  • ¿Las nuevas hipotecas serán entonces más baratas? En realidad, no, porque es bastante probable que las entidades financieras decidan repercutir este coste sobrevenido recuperando comisiones que últimamente ya no aplicaban, como la comisión de apertura.
  • ¿Qué sucede con los gastos de notaría, gestoría y registro? No hay todavía una jurisprudencia clara al respecto. Se está a la espera de un pronunciamiento temprano del Tribunal Supremo, que debe resolver cuatro recursos planteados sobre este tema concreto. Lo que existe ahora es un pronunciamiento del Supremo muy vago, que sólo dice que debe haber un reparto de gastos “equitativo”.
  • ¿A quién se debe solicitar la devolución del dinero de esos otros gastos? Cualquier reclamación debe interponerse ante el departamento de atención al cliente de la la entidad financiera que concedió el préstamo. Si el afectado no cuenta con todas las facturas puede solicitar una copia a cambio del pago del preceptivo canon.
  • ¿Qué sucede si el banco me dice que no y acudo a los tribunales? Actualmente hay unas 8.000 demandas en curso y el tiempo de espera para juicio es de un año, en el mejor de los casos. El 98% de las sentencias sobre esta c cuestión está dando la razón a los consumidores, pero sólo en parte. Es decir normalmente dictaminan la devolución de una parte del dinero, no de todo. Los abogados aconsejan esperar a la aclaración que va a realizar próximamente el Tribunal Supremo.

 

Fuente: Expansión

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