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La herencia y sus trámites

Cuando una persona fallece independiente mente de que contara con testamento, los herederos, pueden aceptar o renunciar a la herencia. Los trámites necesarios a realizar son los siguientes:

Obtener el Certificado Literal de Defunción

– Acredita el fallecimiento de una persona.

– Da acceso a la herencia.

– Sirva para la  solicitud de posibles pensiones.

– Imprescindible para determinados trámites legales (certificado de últimas voluntades, testamento, declaración de herederos, impuestos, registro…).

Obtener los Certificados de Últimas Voluntades y Seguros de Cobertura por fallecimiento, que se solicita transcurridos 15 días hábiles del fallecimiento.

Obtención del Testamento, o en su defecto, la Declaración de Herederos (notarial o judicial).

Si el fallecido no otorgó testamento y existen descendientes hay que formalizar la Declaración de Herederos ante notario.

Si no existen descendientes ni ascendientes directos, habrá que formalizar la Declaración de Herederos en el Juzgado.

Formalización en la forma que proceda de las operaciones particionales y adjudicación de la herencia:

Si hay acuerdo entre todos los herederos, se debe documentar y formalizar la herencia, inventariar los bienes, valorarlos y repartirlos conforme a lo dispuesto por el fallecido en su testamento o en su defecto, en la forma legal que sea más aconsejable.

Si no hubiera acuerdo entre todos los herederos, habrá que solicitar la División Judicial de la Herencia.

Realizar los pagos correspondientes

Existe un plazo legal de 6 meses, dentro del cual hay que liquidar ante las Administraciones correspondientes el Impuesto sobre Sucesiones y Plusvalía. Dicho plazo puede ser prorrogado a solicitud de los interesados. Las consecuencias del incumplimiento son importantes, pues supone ser sancionado por la Administración.

Inscripción de los bienes en el Registro de la Propiedad

Una vez haya sido tramitada la herencia, siempre que sea posible hay que inscribir los bienes en el Registro de la Propiedad correspondiente, con el objeto de acreditar la actual titularidad de los bienes.

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